No soy liturgista, pero me ocupo del derecho, en particular del derecho en las religiones, es decir, de las reglas que rigen el funcionamiento de las distintas confesiones religiosas.

Con respecto a los derechos estatales, los derechos en las religiones tienen sus características propias y específicas, entre las cuales, a menudo, hay un conjunto de reglas que rigen la dinámica comunicativa entre los fieles y Dios: las reglas litúrgicas. Estas reglas también responden a una función fundacional de toda experiencia legal: resolver problemas prácticos.

Me parece, entonces, que, en este período de emergencia sanitaria por el coronavirus, las reglas litúrgicas de la Iglesia católica no logran dar una respuesta eficaz a una cuestión inmediata: el acceso a la celebración comunitaria en tiempo de cuarentena.

Precisamente en el período en que la Iglesia está viviendo una verdadera revolución digital, cada vez más dispuesta a ofrecer servicios religiosos en la web, la Congregación para el Culto Divino establece normas como para un rito tridentino.

Para el jurista que analiza la función práctica del derecho esto puede sonar por lo menos extraño. Podríamos decir que en el momento perfecto para avanzar… es la ortodoxia la que prevalece sobre la ortopraxis. Sin embargo, es la Congregación misma, junto a las Conferencias Episcopales, la que recomienda a obispos y sacerdotes el uso de nuevas tecnologías para transmitir en vivo celebraciones litúrgicas, momentos de oración y de catequesis. Pero, y esta es la pregunta que nos hacemos: Como Iglesia, ¿podemos de la noche a la mañana cambiar –si bien forzados por la situación– los modos, hábitos y costumbres litúrgicas, sin pensar en comenzar una reflexión teológica sobre la presencia en el mundo digital?

La web: del espacio comunicativo al espacio litúrgico

Ante esto, muchos se inclinarían a responder que ya ha habido un debate y que todavía está teniendo lugar en la Iglesia. Se recordará, por ejemplo, un interesante documento del Pontificio Consejo para las Comunicaciones Sociales de 2002 sobre la Iglesia e internet. El punto es que, para la Iglesia, internet es generalmente un problema de “comunicación”.

Con el Concilio Vaticano II, la Iglesia buscaba nuevas formas y nuevos caminos para anunciar el Evangelio en el mundo contemporáneo a través de los medios de comunicación social. La “nueva” evangelización de Juan Pablo II responde a esta necesidad y se refiere a la “novedad” de los instrumentos. También el testimonio profético del Padre Santiago Alberione, quien fundó la Familia Paulina, tiene como objetivo el anuncio de la Palabra de Dios a través del papel impreso, de la radio o de la televisión.

Con las nuevas tecnologías, internet simplemente se suma a estos medios como un vehículo eficaz para transmitir el mensaje cristiano. Eso es todo. Pero no se lidia con esa revolución digital que caracteriza la transición de la realidad virtual a la realidad aumentada.

La web ya no es un espacio paralelo a nosotros, del cual somos espectadores (como frente a un televisor), sino que nos permite “aumentar” la realidad que nos rodea, ampliar nuestras relaciones sociales. Internet se convierte en un espacio para habitar; la realidad ya no coincide con la dimensión material, se expande hasta incluir también la dimensión inmaterial.

Todo esto lleva a una pregunta que todavía hoy se elude en la Iglesia: además de ser un medio de evangelización, ¿la web también puede ser un espacio en el que se difunde la gracia sacramental? En otras palabras: ¿Es posible un cambio de paradigma para la web: de ser un lugar que da una cierta idea de comunidad a ser un lugar que también crea comunidad, es decir, de ser un espacio comunicativo a ser un espacio litúrgico?

¿En la realidad aumentada podemos reunirnos en el nombre del Señor?

A la teología le corresponde ofrecer una respuesta a esta pregunta. Y tal vez los tiempos no sean cortos, pues ha sido necesario un concilio para habitar el mundo contemporáneo, se necesitará al menos una reunión sinodal para vivir el mundo digital (es más: ¿Por qué no dedicar el próximo Sínodo ordinario a este tema?). El pensamiento jurídico, entendido como ortopraxis, probablemente pueda ofrecer algunas coordenadas esenciales.

En primer lugar, es necesario partir de algunas distinciones que es difícil reconocer en la comunidad eclesial y lo vemos en estos días: ¿Hay diferencia entre la transmisión en diferido de una celebración y una transmisión directa en tiempo real (como los live en Facebook o YouTube) y una videollamada grupal digital (como en Skype, Google Meet, Zoom)? Para responder a esto, entra en juego la dicotomía que presenté antes, entre espacio de comunicación y espacio litúrgico.

Si la web es simplemente un espacio comunicativo: no, no hay diferencia, en la medida en que el anuncio del Evangelio está, en todo caso, a salvo. Tanto es así que hoy en las diversas disposiciones de las Conferencias Episcopales no encontramos este problema, y los diversos instrumentos se proponen y utilizan indistintamente.

Pero si internet se entiende como espacio litúrgico, entonces la situación cambia. Teniendo en cuenta Mateo 18, 20: “Donde dos o tres están reunidos en mi nombre, yo estoy entre ellos”, parece que hay dos elementos esenciales para la celebración eucarística: 1) la actualidad de la celebración, como momento presente de gracia; 2) el pueblo de Dios como asamblea que se reúne para “partir” el pan.

En la celebración en diferido faltan estos dos elementos; en la transmisión en vivo solo está la actualidad; en la videollamada están tanto la presencia actual como la asamblea que se reúne. O más bien, podrían estar… si admitimos que hoy dos o más personas pueden reunirse en la realidad aumentada, es decir, digitalmente. En los tiempos de Jesús de Nazaret no existía tal posibilidad, ¿por qué negarla hoy? En una videollamada podemos compartir sentimientos, emociones, llorar y reír juntos, también podemos celebrar contratos que conllevan exigencias y obligaciones legales, ¿por qué, entonces, no podríamos reunirnos en el nombre del Señor y vivir su presencia? ¿Acaso no es esto ya una presencia eucarística?

Habiendo asumido esta dimensión, el sacerdote que preside en una videollamada digital solo puede hacerlo con la participación del pueblo. Porque efectivamente el pueblo asiste, aunque en una realidad aumentada. Y en todo esto, por supuesto, se debe tomar en serio el tema de la comunión espiritual, interpretada hoy solo en términos “paliativos”.

Si no logramos llegar a una discusión de este tipo en nuestras comunidades eclesiales, seguiremos viviendo en la contradicción de obispos y sacerdotes, que recomiendan al pueblo seguir las celebraciones que formalmente son consideradas “sin pueblo”, mientras al mismo tiempo piden que no las tomen como meras formas de entretenimiento. Pero si no hay participación litúrgica en sentido pleno, ¿qué debería distinguir estas celebraciones en línea de otras transmisiones de la programación, es decir, de un entretenimiento?

Que quede claro: no se quiere afirmar que con internet se haya vuelto superfluo el edificio físico de la iglesia, sino simplemente que la iglesia física puede ser aumentada a un espacio virtual consagrado (a propósito: ¿se pueden pensar formas de consagración del espacio digital?) en el que se pueda vivir cristianamente el ser asamblea litúrgica, y donde el campanario pueda ser reemplazado por el sonido de una notificación…

A algunos un discurso de este tipo les hará fruncir el entrecejo. Sin embargo, ahora más que nunca en la Iglesia católica debemos tener la audacia de hacernos preguntas arriesgadas que esperan respuestas valientes. Otros dirán que la web nos hace a todos más distantes, rompe las relaciones sociales, nos hace más solitarios, y que la Iglesia no debe correr el riesgo de desmaterializarse. En una palabra: que los tiempos pasados eran mejores que los presentes. Profetas de la fatalidad, los llamaría el papa Roncalli. ¿Qué queda de ese mensaje de liberación que se encarna en la historia del hombre y, por lo tanto, también en la historia digital, etapa fundamental del camino de la humanidad? Gaudet mater Ecclesia… también en línea.

Por Luigi Mariano Guzzo**

Artículo publicado en la edición digital de Il Regno 08/04/2020.

https://ilregno.it/moralia/blog/il-web-puo-essere-uno-spazio-liturgico-luigi-mariano-guzzo

**Luigi Mariano Guzzo es canonista, colabora con la cátedra de Derecho eclesiástico y derecho canónico, y enseña Bienes eclesiásticos y patrimonio cultural en la Universidad Magna Grecia de Catanzaro


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